La Justicia frenó la venta de medicamentos fuera de farmacias | NoticiasNet

La comercialización de analgésicos y antiácidos en locales no habilitados como farmacias quedó interrumpida hasta que se resuelva el fondo de la cuestión.

La Cámara Contencioso Administrativo Federal decidió poner un alto a la venta de ciertos medicamentos fuera del estricto marco de las farmacias autorizadas.

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Esta medida ha llegado bajo la forma de una suspensión de varios artículos del DNU 70/2023, producto de una acción cautelar levantada por organizaciones farmacéuticas de renombre como la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación de Farmacéuticos (FEFARA).

La controversia sobre el DNU 70/2023 giraba en torno al hecho de que permitía que medicamentos de venta libre, como los analgésicos y antiácidos, pudieran ser comercializados en lugares no tradicionales, ajenos al ámbito farmacéutico. La medida había suscitado preocupación en diversos sectores que abogan por un sistema de salud más regulado y que asegure una correcta supervisión en la dispensación de remedios.

El pronunciamiento de la Cámara ha sido contundente en señalar que el «interés público» debe estar en el centro de la resolución, indicando que al conceder esta medida cautelar se protege tanto el ejercicio profesional de los farmacéuticos como el derecho a la salud pública. Este planteamiento asegura que, por el momento, las farmacias seguirán siendo el único espacio habilitado para la venta de medicamentos, así garantizando un mayor control de calidad y seguridad para los consumidores.

Las entidades que llevaron esta inquietud a la esfera judicial argumentaron que se estaba propiciando una «mercantilización» del sistema sanitario con serias repercusiones tanto para quienes ejercen la profesión como para quienes requieren de medicación bajo términos seguros y controlados. Vislumbraron riesgos para la práctica médica y la seguridad del paciente en caso de permitirse la dispensación sin la interacción farmacéutica especializada.

En este contexto, el juez en instancia inicial había determinado que no procedía el pedido de COFA y FEFARA, aludiendo a una falta de legitimación y de un caso concreto que ameritase la intervención de la Justicia.

No obstante, esta decisión fue revertida en apelación, afirmando que las entidades sí cuentan con el derecho a defender sus intereses y los de sus miembros. Con esto, las temidas implicancias del DNU quedaron en suspenso, esperando por una resolución definitiva sobre su constitucionalidad, que podría cambiar definitivamente el panorama de la venta de medicamentos en el país.



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